Evolución del caso
Se ha firmado el acuerdo
Los demandantes y los demandados firmaron unacuerdo extrajudicialque garantizó los derechos de 2.800 jóvenes inmigrantes en California y obligó al Gobierno a retirar su perjudicial política a nivel nacional.
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Se desestima la solicitud de desestimación
El juez Cousins desestimó la solicitud del Gobierno de desestimar la demanda, afirmando que «la interpretación que hacen los demandados de la ley del SIJ introduce un requisito adicional. Dado que dicha interpretación es contraria a la legislación federal y a la de California, los demandantes han formulado una reclamación válida».
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Se concede la certificación de la demanda colectiva
El juez Cousins estimó la solicitud de los demandantes de certificación de la demanda colectiva. El Tribunal certificó la siguiente demanda colectiva: los menores que hayan recibido o vayan a recibir resoluciones de tutela de conformidad con el artículo 1510.1(a) del Código Sucesorio de California y a quienes se les haya denegado o se les vaya a denegar su solicitud de reconocimiento como «menores en situación de interés especial» (SIJ) por considerar que el tribunal estatal que dictó las resoluciones sobre el estatus de SIJ carecía de competencia, al no tener autoridad para reunificar a los menores con sus padres.
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Se concede la medida cautelar
El juez de primera instancia Nathanael Cousins, del Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Norte de California, dictó una medida cautelar que bloquea los intentos de la Administración de aplicar su nueva política. El juez Cousins consideró que las justificaciones del Gobierno en apoyo de su cambio de política eran «insuficientes» y que parte de su razonamiento era «erróneo», que los demandantes planteaban «cuestiones graves que afectaban al fondo» del asunto del Gobierno, y que los menores inmigrantes sujetos a la medida cautelar sufrirían un perjuicio irreparable sin ella.





